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Registros de voluntades previas

El Registro de Voluntades Previas de la Consejería de Sanidad, recoge las declaraciones de los ciudadanos sobre los cuidados de salud que desean recibir cuando, estén en una situación terminal e irreversible en la que no se puedan manifestar.
Las voluntades previas (o voluntades anticipadas) han sido reguladas en la Ley de Autonomía del Paciente, que las define como el documento por el que las personas mayores de edad manifiestan anticipadamente su voluntad, con objeto de que esta se cumpla si se producen situaciones en cuyas circunstancias no sean capaces de expresar personalmente, sobre los cuidados y el tratamiento de su salud.
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